El Protocolo para la Prevención y  Actuación frente al acoso sexual o por razón de sexo es un documento en el que se recoge y profundiza en los procedimientos específicos a seguir ante situaciones de esta índole en el entorno laboral. ¿Pero en qué consiste? ¿Cómo se realiza?

¿Qué es un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo?  

Se trata de un documento en el que se definen un procedimiento y una serie de estrategias de actuación para abordar posibles situaciones de acoso sexual y/o por razón de sexo en el entorno laboral. Para la definición de este documento, se deben de poner de acuerdo en una mesa de negociación la empresa y la representación legal de la plantilla.  

¿Qué es el acoso sexual? 

El acoso sexual se define como un tipo de violencia de naturaleza sexual que se ejerce con el propósito, o tenga el efecto, de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se genera un entorno de intimidación, de menosprecio y degradación.

El acoso se puede ejercer a varios niveles: verbal, no verbal, físico y psicológico. Y, además, puede producirse en diversos ámbitos de la vida cotidiana ya sea en el entorno laboral, educativo, familiar, social, en la vía pública, etc.  

¿Qué es el acoso por razón de sexo? 

Al igual que el acoso sexual, este tipo de acoso está referido a cualquier comportamiento discriminatorio por razón de sexo. Su propósito o efecto es atentar contra la dignidad de una persona, en particular, cuando se genera un entorno de intimidación, de menosprecio y degradación. Para que se califique una situación de acoso por razón de sexo, debe darse una situación de hostigamiento, que exista una reiteración de los hechos, y que el motivo principal de estos comportamientos se relacione con ser mujer o con los roles tradicionalmente asociados a éstas.  

¿Por qué es importante incorporar este protocolo?  

El acoso sexual y el acoso por razón de sexo, específicamente en el entorno laboral, puede generar malestar psicológico, ansiedad, estrés, y otros trastornos de conducta, además de afectar al clima laboral en el que se producen estas situaciones. La importancia del protocolo de acoso sexual o el protocolo de acoso por razón de sexo radica en que da respuesta a la necesidad de prevenir, sensibilizar y diseñar medidas de actuación para atajar con todas las garantías estas formas de violencia y discriminación.  

Con la incorporación del protocolo, la empresa demuestra su compromiso y cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.  

¿Cuál es la normativa que regula la elaboración y cumplimiento del Protocolo? 

El Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo se rige por la normativa definida en el Apartado 7 del Anexo RD 901/2020, de 13 de octubre. Establece tanto las medidas de prevención como los procedimientos de actuación a llevar a cabo en relación al acoso sexual y/o por razón de sexo. Las medias deberán negociarse con las personas representantes del personal profesional contratado conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. 

¿Cómo se elabora un Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo? 

Para la elaboración de un protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y/o por razón de sexo se debe tener en cuenta si la empresa está en proceso de elaboración de un Plan de Igualdad o si carece del mismo.

Según se encuentre la empresa en una situación u otra, se procede a la elaboración del Protocolo que, en caso de que se elabore junto a un Plan de Igualdad, se podrá anexar a dicho documento junto a la inscripción en el registro del Plan.

Para ambos casos, la elaboración del protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y/o por razón de sexo deberá incluir los siguientes aspectos: 

  • Presentación donde se recojan el compromiso de la empresa en el cumplimiento de las tareas de gestión ante posibles situaciones discriminatorias, la necesidad de actuar en la prevención del acoso y la implicación de la integridad de la plantilla. 
  • Definición de los objetivos generales del Protocolo, el marco de actuación y su ámbito de aplicación.  
  • Tipificación del acoso sexual y/o por razón de sexo para promover su visibilidad y conocimiento entre las personas trabajadoras. 
  • Inclusión de los principios y garantías en la aplicación del Protocolo. 
  • Identificación de los derechos y obligaciones de la entidad empresarial, la dirección y las personas trabajadoras, así como la representación legal de estos últimos. 
  • Desarrollo de medidas específicas de actuación integral y efectiva en la prevención del acoso y las actitudes discriminatorias.  
  •  Elaboración del Protocolo de intervención en casos de acoso sexual y/o por razón de sexo donde se definan los pasos a seguir: comunicación y asesoramiento, denuncia e investigación interna, resolución y adopción de medidas sancionadoras pertinentes. 
  • Seguimiento periódico y evaluación interna del Protocolo entre las partes implicadas. 
  • Información de la plantilla del Protocolo. 

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